¿Cuales son los documentos que son requisitos en la Declaración y el R.I.F. Sucesoral y otros procedimientos conexos?
REQUISITOS Y RECAUDOS PARA:
A) DECLARACION
SUCESORAL
A los fines de la liquidación de Impuesto sobre
Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos y de conformidad con el artículo
27 de la misma ley, cuando fallece una persona, los herederos y legatarios
deberán presentar dentro de los ciento ochenta (180) días hábiles siguientes a la fecha de
fallecimiento, la
declaración Sucesoral correspondiente.
A-1) RECAUDOS
PARA CONSIGNAR LA DECLARACION SUCESORAL
1) Registro
de Información Fiscal (RIF) Sucesoral del Causante, el cual se tramita en la
página del SENIAT: www.seniat.gob.ve.
2) Planilla
de Autoliquidación de Impuesto sobre Sucesiones y anexos. (debidamente firmada
por un abogado y llenada a maquina o computadora)
3) Planilla de Pago de impuesto sobre sucesiones-
Forma PS-32, debidamente cancelada en una Institución Bancaria. (en caso de que le corresponda pagar
impuesto Sucesoral)
4) Acta de
Defunción del Causante.
5) Acta de
Matrimonio (en caso de que su cónyuge también haya fallecido entregar la
declaración del Impuesto sobre Sucesiones; Donaciones y demás Ramos Conexos de
este con sus respectivos anexos y certificado de solvencia)
6) Sentencia
de Divorcio (con repartición de bienes) u Homologación por un Tribunal de la
Relación Concubinaria, reconociendo el carácter de heredero según sea el caso.
7) Acta de
Nacimiento de c/u de los herederos expedida por el Registro Civil o Jefatura,
en caso de no tener acta de nacimiento presentar datos filiatorios.
8) Copia
de la cedula de identidad de la Causante y los herederos.
9) Registro
de Vivienda Principal ó Constancia de residencia a nombre de uno de los
herederos (en caso de que se declare la vivienda principal)
10) Copia de la cedula de identidad y carnet de
inpreabogado del abogado asistente.
11) En caso de incluir un heredero por
representación de un familiar premuerto deberá anexar copia de la partida de
nacimiento y de defunción de este.
A-2) DOCUMENTOS
DEL ACTIVO HEREDITARIO
1) Documentos
o títulos a través de los cuales se acredite la propiedad de todos los
bienes que se declaran.
2) Cuentas
bancarias: Deberá consignarse certificación bancaria con
corte de cuenta a la fecha de fallecimiento del causante (este recaudo debe
solicitarse en el Banco dirigido al SENIAT- Departamento de Sucesiones).
3) Empresas: Registro
Mercantil y balance
general y, estado de ganancias y pérdidas firmado por Contador Público
colegiado, en caso de declarar acciones o cuotas de participación.
4) Acciones: certificación
expedida en papel de seguridad debidamente visado por un contador publico o
administrador Comercial donde se determine el valor venal de acciones,
obligaciones emitidas por entes públicos o por sociedades mercantiles y otros
títulos valores o por bolsas de valores según sea el caso, a la fecha de
fallecimiento de causante. Sociedades y
participaciones: documentos de participación o
adjudicación.
Nota: Todos
los bienes muebles
o inmuebles, derechos o acciones del causante, deben ser declarados con valores
estimados conforme al valor del mercado para la fecha de fallecimiento del
causante.
A-3) DOCUMENTOS
COMPROBATORIOS DEL PASIVO
1) Facturas
de gastos de la última enfermedad de la Causante.
2) Deudas
que existan a cargo de la Causante
3) Facturas
de gastos de inhumación, embalsamiento, exequias y sepelio.
IMPORTANTE
· Los
documentos emanados del extranjero deberán ser legalizados en el consulado
respectivo o llevar la Apostilla de la Haya.
· En
los casos que lo amerite, se debe consignar el documento traducido por un
intérprete público.
Nota
o Entregar
los documentos antes identificados en original y tres (3) copias.
o Una vez
entregados los documentos originales se entregara recibo de los documentos
recibidos.
Deberá
indicarse el nombre de la persona responsable de la declaración a los fines de
que la misma proceda a firmar los siguientes documentos:
o Planilla
de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones; Donaciones y demás Ramos
Conexos;
o Planilla
de inscripción para solicitar el RIF de la sucesión.
o Autorización
para tramitar inscripción RIF de la sucesión.
A los
fines de tramitar y gestionar todo lo referente a la Declaración del Impuesto
sobre Sucesiones; Donaciones y demás Ramos Conexos se deberá otorgar poder
especial debidamente notariado.
B) REGISTRO
DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) SUCESORAL DEL CAUSANTE
a) Ingresar
al Portal Fiscal www.seniat.gob.ve, en el
menú SISTEMAS EN LÍNEA seleccione
la opción de INSCRIPCIÓN RIF.
b) Transcriba
los datos que solicite el sistema.
c) Haga
clic en VER PLANILLA y luego
en VER REQUISITOS.
d) Imprima
y firme la planilla.
e) Presente
la planilla ante la unidad competente de la Administración Tributaria
(Gerencias Regionales, Sectores o Unidades), correspondiente al domicilio
fiscal del causante, junto a los siguientes recaudos:
1) Planilla
o Formulario de inscripción emitido por el sistema.
2) Original
y copia del Acta de Defunción.
3) Fotocopia
de la cédula de identidad del causante.
4) Fotocopia
de la cedula de identidad de los herederos, con excepción de aquellos que sean
menores de edad que aún no posean cédula de identidad, para lo cual deberán
consignar copia de la partida de nacimiento.
5) En caso
de que sea casado Acta de Matrimonio.
6) Partida
de Nacimiento de los Herederos o cualquier otro documento que pruebe la
filiación con respecto al causante.
7) Original
y fotocopia de la cédula de Identidad del Representante Legal, siempre y
cuando, éste último sea distinto de los herederos.
8) Si el
tramite es realizado por un tercero, deberá presentar autorización firmada por
uno de los herederos y fotocopia de la cedula de identidad de ambos.
NOTA: El
representante legal y los herederos, con excepción de aquellos que sean menores
de edad que aún no posean cédula de identidad, deben encontrarse inscritos en
el Registro Único de Información Fiscal R.I.F., con antelación al trámite de
inscripción de la sucesión.
Horario
de atención al público: De lunes a viernes de 8:00 a.m.
a 3:00 p.m.
horario
corrido.
Lapso
de respuesta: Inmediata
Procedimiento
en Caracas: Ir a las Oficinas del SENIAT en Los Ruices.
Nivel planta baja. Solicite la planilla y preséntela con todos los recaudos.
Espérela de vuelta por la taquilla en el mismo momento de presentarla.
C) DOCUMENTOS
QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA DECLARACIÓN ÚNICOS UNIVERSALES Y UNIVERSALES HEREDEROS.
1) Acta de
Defunción del causante
2) Acta de
Matrimonio (en caso de que su cónyuge también haya fallecido, Acta de
Defunción, de este.)
3) Partida
de Nacimiento de c/u de los herederos
4) Partidas
de nacimiento de los herederos pre-muertos (si los hubiere)
5) Copia
de la cedula de identidad del causante y los herederos.
6) Dos (2)
testigos, que acrediten su condición de herederos.
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